
Máster Universitario Online enFormación de Profesores de Español como Lengua Extranjera
Créditos
- Obligatorios (OB): 48
- Prácticas Externas (PE): 6
- Trabajo Fin de Máster (TFM): 6
- Créditos totales: 60
Plan de estudios
Fundamentos lingüísticos y técnicas de investigación en la enseñanza-aprendizaje de L2 (21 créditos)
Asignatura | Tipo | Semestre | ECTS |
---|---|---|---|
Adquisición del lenguaje y bilingüismo temprano | OB | 1º | 5 |
Procesos y enfoques en el aprendizaje de segundas lenguas | OB | 1º | 5 |
Sociolingüística aplicada a la enseñanza del español | OB | 1º | 5 |
Metodología de investigación y análisis de datos | OB | 1º | 6 |
Enseñanza del español como lengua extranjera (27 créditos)
Asignatura | Tipo | Semestre | ECTS |
---|---|---|---|
Desarrollo de las macrodestrezas lingüísticas en español | OB | 1º | 5 |
Análisis y pedagogía de la fonética y el vocabulario | OB | 1º | 4 |
Análisis y pedagogía de la gramática y la sintaxis | OB | 2º | 4 |
Programación y evaluación de cursos ELE | OB | 2º | 4 |
Materiales y recursos: Análisis, producción y adaptación | OB | 2º | 4 |
Innovación en el aula de ELE | OB | 2º | 6 |
Módulo aplicado (12 créditos)
Asignatura | Tipo | Semestre | ECTS |
---|---|---|---|
Trabajo de Fin de Máster | TFM | 2º | 6 |
Prácticas docentes | OB | 2º | 6 |
Más información
Requisitos de Acceso
Requisitos de acceso generales para acceso a las enseñanzas de Máster.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del Capítulo IV del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, para acceder a las enseñanzas oficiales de máster, será necesario estar en posesión de un título universitario español u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior, que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de máster.
Por otra parte, podrán acceder al máster los titulados por sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior, sin necesidad de homologación de sus títulos. Siempre que exista previa comprobación por la Universidad de que aquellos, acreditan un nivel formativo que es equivalente al correspondiente título universitario oficial español y que faculte, en el país expedidor del título, para el acceso a enseñanzas de postgrado.
Requisitos de acceso específicos de acceso a las enseñanzas del Máster en Formación de Profesores en Enseñanza del Español como Lengua Extranjera.
Podrán ser admitidos en el programa, alumnos con el siguiente perfil:
- Diplomados o Graduados en Educación o equivalentes.
- Licenciados o Graduados de Filología en sus diferentes especialidades, de Lenguas Modernas, Lenguas Aplicadas, Traducción e Interpretación, Humanidades o equivalentes.
- También se pueden admitir en el programa candidatos con alguna titulación no mencionada en el apartado anterior, siempre que tengan experiencia específica (mínimo un curso académico o equivalente) o formación especializada como profesores de español o de español como lengua segunda/lengua extranjera.
- Para los candidatos con titulaciones extranjeras, se considerará la equivalencia de sus estudios con las titulaciones mencionadas en los párrafos anteriores. En caso de que la lengua materna no sea el español, se requerirá un nivel mínimo C1 de acuerdo al Marco Común de Referencia Europeo.
Además de los requisitos de acceso exigidos en la legislación vigente, en el caso de que la demanda de plazas supere la oferta, la UCAM podrá realizar entrevistas personales a los aspirantes con la idea de ser uno de los criterios básicos de admisión, junto al expediente.
- Procedimiento de Admisión
La secretaria de Postgrado es la Unidad encargada de publicitar y proporcionar la información y requisitos de acceso a los distintos estudios de postgrado ofertados por la Universidad, previos a la matriculación de los futuros estudiantes. Dicha información se realiza a través de la publicación de folletos informativos, así como en la Web de la Universidad (www.ucam.edu). Así como, telefónicamente y por correo electrónico se ofrecerá al futuro estudiante toda la información necesaria para llevar a cabo con éxito su proceso de matriculación.
Este servicio presta información personalizada de los distintos servicios que ofrece la Universidad (Biblioteca, Cafetería, Comedor, Deportes, Actividades extraacadémicas, etc.).
La Secretaría de Postgrado, junto con los responsables académicos de la titulación, se encarga de la preparación de los procedimientos virtuales de acogida y orientación en sus planes de estudios, con el objeto de facilitar la rápida incorporación a nuestra Institución. Para ello, el Equipo Directivo de la titulación grabará un video explicativo que se publicará en el campus virtual titulado: “Acogida al Estudiante”.
La promoción de la oferta de estudios de la Universidad se realiza de varias formas: la información que proporciona la Web de la Universidad (www.ucam.edu, www.ucam.edu/turismo); la publicidad a través de distintos medios de comunicación, regionales y nacionales (prensa escrita, radio y televisión), por medio de visitas programadas a institutos o centros de educación secundaria; así como las llevadas a cabo por dichos centros en visita a las instalaciones de la propia Universidad. También la labor de promoción se lleva a cabo con una destacada presencia en distintas ferias educativas y salones formativos, que tienen lugar en la propia Región de Murcia y a lo largo de distintos puntos de la geografía española.
De acuerdo con las previsiones del Real Decreto 69/2000, de 21 de enero, por el que se regulan los procedimientos de selección para el ingreso en los centros universitarios de los estudiantes que reúnan los requisitos legales necesarios para el acceso a la Universidad, a partir del curso 2003-2004 quedó implantado el distrito abierto, por lo que los estudiantes que reúnan los requisitos específicos exigidos por la legislación vigente para el acceso a los mismos, que vayan a cursar primer ciclo de estudios universitarios, podrán solicitar plaza en cualquier Universidad con independencia de aquella en la que hayan superado la prueba de acceso. La ordenación y adjudicación de las plazas se realizará de acuerdo con las prioridades y los criterios de valoración establecidos con carácter general.
Podrán solicitar la admisión para el inicio de estudios universitarios del Máster Universitario en Didáctica del español como lengua extranjera de acuerdo con estas instrucciones generales, quienes se encuentren en alguna de las circunstancias siguientes:
- Estar en posesión de un título universitario o equivalente, que habilite para el acceso a la Universidad.
- Cumplir los requisitos académicos exigidos en los respectivos sistemas educativos nacionales para acceder a la universidad, para los estudiantes procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea y estudiantes procedentes de sistemas educativos de Estados que no sean miembros de la Unión Europea y que hayan suscrito Acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad. [Art. 38. 5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y artículo 17.3 Real Decreto 806/2006, de 30 de Junio].
- Los alumnos accederán al Título de Máster Universitario en Formación de Profesores de Español como Lengua Extranjera atendiendo a lo expuesto en Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre.
Procedimiento de calidad
- PA A2 - Gestión de la presentación de servicios
- PCL 04 - Captación de estudiantes. Orientación y apoyo a los matriculados
- PCL 03 - Selección y admisión. Matriculación de estudiantes
Estos procedimientos se encuentran descritos y ampliados en el Manual de Procesos del SGIC UCAM.
Más información en la web de Vicerrectorado de Calidad y Ordenación Académica
Normativa de acceso, admisión y matrícula de Grado y Máster
Servicios de atención a la diversidad y la discapacidad
- En el Servicio de Atención a la Diversidad y Discapacidad se puede encontrar la Guía de Atención a la Diversidad, asesoramiento y apoyo a las necesidades educativas del estudiante.
Los 6 ECTS del Trabajo de Fin de Máster verificarán si el estudiante alcanza las competencias generales y específicas del Máster.
El perfil profesional que presenta este máster tiene como objetivo formar a futuros profesores capacitándolos para ser profesionales de la enseñanza del Español como Lengua Extranjera.
Para obtener el Máster Universitario en Formación de Profesores de Español como Lengua Extranjera, todo estudiante deberá superar obligatoriamente el Trabajo Fin de Máster (TFM).
El Trabajo de Fin de Máster se relaciona especialmente con Prácticas Docentes ya que, en ambas asignaturas, el alumno debe aplicar los conocimientos adquiridos durante el curso en la realización de un trabajo en el área de español como lengua extranjera
Las prácticas docentes del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Español como Lengua Extranjera dan a los alumnos la oportunidad de poner en práctica la formación que están recibiendo.
Las prácticas docentes constituyen una parte decisiva en la formación del futuro docente. Éstas deben brindar la oportunidad de integrar, aplicar y desarrollar de forma práctica, los conocimientos teóricos aprendidos durante los cursos previos, para dar lugar a nuevos conocimientos y nuevas propuestas metodológicas.
El Plan de Trabajo que el alumnado realice en los Centros de Prácticas deberá tender hacia un Proyecto Educativo de carácter innovador, personal que integre posibles líneas comunes que, a su vez, posibiliten un nivel de excelencia en su formación y la adecuación profesional futura.
El alumnado participará activamente de la vida escolar durante 90 horas y 60 horas en el trabajo escrito (6 ECTS). Durante este tiempo, el alumno tendrá asignado un tutor de prácticas en el Centro Educativo y otro tutor en la Universidad que, en coordinación permanente, supervisarán y velarán por el aprovechamiento y la implicación de los alumnos en todas situaciones de la vida escolar.
Se trata de incardinar la teoría con la práctica profesional de tal manera que el alumno ponga de manifiesto las competencias adquiridas durante su periodo de formación superior, a la vez que adquiere otras nuevas.
Composición
- Presidente: Thomas Hans Schmidt – ;tschmidt@ucam.edu
- Vocal: ;Benoît Filhol – ;bfilhol@ucam.edu
Funciones
- Comprobar que documentación aportada junto con la solicitud de reconocimiento/transferencia de créditos es correcta y susceptible de utilizarse en el tipo de reconocimiento de créditos solicitado por el estudiante.
- Constatar que la información y datos registrados en la solicitud de reconocimiento/transferencia está justificada, es veraz y se apoya en la documentación aportada por el alumno.
- Valorar la adecuación de los reconocimientos solicitados, teniendo en cuenta la legislación vigente en la materia y la presente Normativa, la documentación aportada por el estudiante, así como la adecuación entre el contenido y competencias de los elementos de origen y destino del reconocimiento.
- Resolver las solicitudes de reconocimiento/transferencia de créditos conforme a los términos expuestos en los puntos anteriores.
- Elaborar y mantener actualizadas las tablas de reconocimiento automáticas. Dichas tablas deberán ser publicitadas.
Procedimiento
Todo reconocimiento de créditos requerirá solicitud expresa del interesado y será el resultado del estudio pormenorizado de dicha solicitud y de la documentación que la acompañe. La solicitud de reconocimiento de créditos se realiza en la Secretaria Central de la Universidad y se vincula al período de matrícula.
- El estudiante que solicite reconocimiento de créditos, deberá acreditar siempre haber realizado los estudios conducentes a la consecución de los créditos a reconocer.
- La Universidad establecerá los periodos de presentación de solicitudes para el reconocimiento y transferencia de créditos, así como el calendario para la resolución de los mismos.
Antes de realizar la solicitud de reconocimiento de créditos se recomienda pedir cita a la Presidenta de la comisión para la orientación al estudiante ;(tschmidt@ucam.edu)
Documentación a presentar.
a) Reconocimientos por Enseñanzas Universitarias Oficiales
- Certificación académica que acredite haber superado las materias de origen aportadas para el reconocimiento solicitado.
- El programa o la guía docente de la/s materia/s en las que basa su solicitud de reconocimiento
b) Reconocimientos por Enseñanzas Superiores No Universitarias
- Certificación académica que acredite módulos, materias o asignaturas superadas
- El programa o la guía docente de la/s materia/s en las que basa su solicitud de reconocimiento o la publicación del currículo de la enseñanza en boletín oficial, en su caso.
c) Reconocimientos por titulación universitaria no oficial (títulos propios universitarios)
- Certificación académica que acredite módulos, materias o asignaturas ;superadas
- El programa o la guía docente de la/s materia/s en las que basa su solicitud de reconocimiento
d) Reconocimientos por experiencia profesional o laboral
- Experiencia profesional o laboral por cuenta ajena:
- Certificado de vida laboral
- Certificación descriptiva de las funciones desarrolladas, firmado y sellado por la empresa en la que se adquirió la experiencia alegada.
- Experiencia profesional o laboral por cuenta propia:
- Alta en vigor en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)
- Declaración jurada de las funciones desarrolladas, firmada por el solicitante de los reconocimientos.
- En el caso de que las materias de origen del reconocimiento, hayan sido superadas en titulaciones impartidas por la Universidad Católica San Antonio, únicamente será necesario aportar resumen académico del expediente del alumno.
Para reconocimiento materias provenientes de una titulación extranjera, el solicitante deberá aportar junto a la misma y de manera indispensable la siguiente documentación, que deberá ir debidamente traducida al castellano, mediante traductor jurado, y legalizada:
- Certificación académica que acredite haber superado las materias de origen aportadas para el reconocimiento solicitado.
- El programa o la guía docente de la/s materia/s en las que basa su solicitud de reconocimiento
No obstante los puntos anteriores, la Comisión de Reconocimientos de Título podrá requerir del solicitante que aporte cuanta documentación estime conveniente para la resolución del reconocimiento solicitado (manuales o materiales utilizados para la superación de la materia aportada, proyectos técnicos realizados, material producido en el ejercicio profesional, ect.)
Contra los acuerdos que se adopten, podrá interponerse reclamación ante la Secretaría Central de la Universidad y en el plazo de 15 días a contar desde la notificación de los reconocimientos concedidos o denegados al solicitante. La reclamación irá dirigida a la titulación, que la trasladará a la Comisión de Reconocimiento de Créditos y se resolverá en un plazo no superior a 15 días naturales.
El derecho a interponer reclamación sobre los reconocimientos concedidos o denegados, se extinguirá en todo caso con el curso académico en el que fueron solicitados
Normativa
- Real Decreto 1393/2007.
- Real Decreto 861/2010.
- Real Decreto 1618/2011.
- Real Decreto 43/2015.
- Normativa sobre Reconocimiento y Transferencia de Créditos para las enseñanzas de Grado y Máster ;de la Universidad Católica San Antonio de Murcia
RECONOCIMIENTOS MÁSTER EN FORMACIÓN DE PROFESORES DE ESPAÑOL COMO LENGUA EXTRANJERA
La normativa de reconocimiento y transferencia de créditos UCAM en su artículo 4.1.4 (http://www.ucam.edu/sites/default/files/universidad/normativa_reconocimiento_creditos_4_2016.pdf?up1) expone que:
- Podrán ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a asignaturas superadas en enseñanzas oficiales de Máster, en función de la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las asignaturas de origen y las previstas en el plan de estudios del Máster.
- Podrán reconocerse créditos obtenidos en enseñanzas oficiales de Licenciatura, Ingeniería Superior o Arquitectura, siempre y cuando procedan de asignaturas vinculadas al segundo ciclo de las mismas y atendiendo a la adecuación de competencias entre las materias de origen y las de destino del reconocimiento.
- Se podrán reconocer créditos cursados en enseñanzas oficiales de Doctorado reguladas tanto por el R.D. 1393/2007 y R.D. 99/2011, como por los anteriores R.D. 185/1985, R. D. 778/1998 y R.D. 56/2005, teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las asignaturas cursadas por el estudiante y los previstos en el Máster.
- No se reconoce del grado al máster.
- No podrán ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a Trabajo Fin de Master (TFM), según se establece en el artículo 6 del R.D. 861/2010, de 2 de julio.
Existe la posibilidad de reconocimiento de créditos de la asignatura Prácticas Docentes: ;
- Por traslado de expediente habiendo cursado las Prácticas Docentes en el mismo máster.
- Por experiencia profesional.
- Los reconocimientos de créditos se revisan y actualizan de un curso académico a otro conforme a las recomendaciones de ANECA y/o a nueva legislación si la hubiese, y a los criterios académicos de la titulación. Por tanto, pueden existir modificaciones en los reconocimientos ;de un curso académico a otro.
Reclamaciones
Las solicitudes para la revisión, reclamación del reconocimiento de créditos se tramitan en la Secretaria Central y se resuelven en el título.