Créditos
- Obligatorios (OB): 54
- Trabajo Fin de Máster (TFM): 6
- Créditos totales: 60
Plan de estudios
Materias | Tipo | ECTS | Cuatrimestre |
---|---|---|---|
OB | 5 | 1º | |
OB | 5 | 1º | |
OB | 6 | 1º | |
OB | 6 | 1º | |
OB | 5 | 1º | |
OB | 5 | 2º | |
OB | 6 | 2º | |
OB | 5 | 2º | |
OB | 5 | 2º | |
OB | 6 | 2º | |
OB | 6 | 2º | |
Créditos Totales | 60 |
Horarios y exámenes
Más información
La Universidad Católica San Antonio ha elaborado la Normativa sobre Reconocimiento y Transferencia de Créditos para las enseñanzas de Grado y Máster, en la que se contemplan las siguientes reglas básicas, establecidas en la legislación aplicable:
A) Reconocimiento de créditos de formación básica en Grado
Titulaciones adscritas al mismo ámbito de conocimiento - Siempre que el título al que se pretende acceder pertenezca al mismo ámbito de conocimiento, serán objeto de reconocimiento hasta la totalidad de los créditos de formación básica.
B) Reconocimiento del resto de créditos
El resto de los créditos podrán ser reconocidos por la universidad teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las restantes materias cursadas por el estudiante, o bien asociados a una previa experiencia profesional y laboral acreditada, y los previstos en el plan de estudios o bien que tengan carácter transversal.
No podrán ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a los Trabajo Fin de Grado (TFG) y Trabajo Fin de Máster (TFM).
C) Reconocimiento de actividades socio-culturales
Se podrá obtener el reconocimiento como máximo del 10 por ciento del total de créditos del plan de estudios, a cuenta de la optatividad, por actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación.
D) No podrán reconocerse asignaturas parcialmente
Para más información y generar la solicitud consulta la pagina de Reconocimientos de Créditos:
Se puede acceder al Máster Universitario en Derecho Militar, cualquier estudiante que esté en posesión de un título universitario oficial español o cualquier otro recogido en el artículo 16 del RD 861/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el RD 1393/2007, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en lo referente al acceso a las enseñanzas oficiales de posgrado, que estén enmarcados dentro de los siguientes grupos: Licenciados, diplomados y graduados en el ámbito de las ciencias jurídicas, económicas o políticas.
Además podrán acceder a este Máster como ya se señaló con anterioridad a los miembros de las Escalas de oficiales del Ejército de Tierra, Armada, Aire, Cuerpos Comunes y Guardia Civil, bastará para su admisión que acrediten poseer la graduación de Oficial de las Fuerzas Armadas, para efectuar tal acreditación bastará la resolución del Boletín Oficial del Ministerio de Defensa, por la que se les concede el empleo de Teniente.